18 may 2006

SERVICIO DE BIENESTAR INFORMA:



Préstamos Personales:
En la 5º Sesión Ordinaria del Consejo celebrada con fecha 13 de abril de 2006, se acordó que para cumplir con la cifra de 30 préstamos personales acordados en el Presupuesto y teniendo en consideración que hasta esa fecha ya se habían concedido 9, se otorgarán durante el 1º semestre, un máximo de 2 préstamos personales mensuales y durante el 2º semestre, un máximo de 3 préstamos personales mensuales.

Tratamiento Especial de Carácter Médico:
En la misma sesión anteriormente referida, el Consejo acordó que respecto a las boletas de atención emitidas por un psiquiatra y presentadas al Bienestar para bonificación, la 1º será tratada como “Consulta Médica Psiquiátrica”, con un 40% sobre el Nivel 1 Arancel Fonasa y desde la 2º en adelante, como “Tratamiento Especial de Carácter Médico” con un 45% sobre la misma base recién referida, siempre que el interesado traiga Orden Médica que indique lo que señala el Nº 2 de los Requisitos correspondientes al presente ítem. En el caso que no se acompañe la Orden Médica, desde la 2º boleta en adelante se bonificará igual que la 1º consulta psiquiátrica (con un 40%).

Recetas Médicas:
Para no vernos en la necesidad de devolver boletas de farmacia, reiteramos a los afiliados que se atengan a lo señalado en el Nº 4 del ítem “Medicamentos” del Manual de Beneficios, esto es, que dichas boletas contengan sólo los medicamentos señalados en la receta.

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